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7.4.10

DESCONTARAN LOS DIAS NO TRABAJADOS

Descontarán los días no trabajados por los docentes y percibirán los sueldos el 5 de mayo

El Ministerio de Hacienda Pública emitió este martes por la tarde la Resolución Nº 94 que establece que, en la liquidación correspondiente al mes de abril, se procederá al descuento de los días no trabajados por el sector docente adherido a la medida de fuerza entre el 20 y 31 de marzo. Asimismo, indica que este sector percibirá sus haberes el próximo 5 de mayo.

De esta manera, el nuevo cronograma prevé el pago de los sueldos a la administración pública provincial para el 29 y 30 de abril, a excepción del sector docente, que cobrará el próximo 5 de mayo.

El documento deja en claro que el Programa Capital Humano, dependiente del Ministerio de Hacienda Pública debe arbitrar los medios necesarios que permitan garantizar el pago de haberes de la totalidad de los empleados de la Administración Pública, que real y efectivamente han cumplido con su deber.

Agrega además, que se procedió a descontar en los haberes del mes de marzo, a los docentes adheridos a la medida de fuerza, por las jornadas no trabajadas hasta el día viernes 19 de marzo inclusive y que de los haberes del mes de abril se descontarán las jornadas no trabajadas entre el 20 y 31 de marzo.

Aclara en otro de sus párrafos que: “no obstante lo expresado en los párrafos precedentes, y en caso de levantamiento de la medida de fuerza del sector docente, antes del día 9 de abril, fecha en que deben ser remitidas las novedades al Subprograma Liquidación y Análisis de Haberes, el personal docente percibirá sus haberes con el resto de personal dependiente del Ministerio de Educación.

El nuevo cronograma de pago
El día 29 de abril percibirán sus haberes Personal de:

- Secretaría de Estado General, Legal y Técnica
- Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto
- Ministerio de Seguridad
- Ministerio de Hacienda Pública
- Ministerio de Inclusión y Desarrollo Humano
- Ministerio de Salud
- Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte
- Honorable Tribunal de Cuentas
- Fiscalía de Estado
- Poder Legislativo

El día 30 de abril percibirán sus haberes Personal de:
- Ministerio de Obra Pública e Infraestructura
- Ministerio de Educación (sólo personal del Escalafón General)
- Ministerio de Transporte, Industria y Comercio
- Ministerio de Medio Ambiente
- Ministerio del Progreso
- Ministerio del Campo

El miércoles 5 de mayo percibirán sus haberes:
- Ministerio de Educación- Personal Docente.

La resolución textual

V I S T O:

Las medidas de fuerza adoptadas por el sector docente; y,

CONSIDERANDO:
Que el conflicto originado por el sector docente ha afectado el normal desempeño de la actividad escolar en el ámbito provincial.
Que el Programa Capital Humano dependiente del Ministerio de Hacienda Pública debe arbitrar los medios necesarios que permitan garantizar el pago de haberes de la totalidad de los empleados de la Administración Pública que real y efectivamente han cumplido con su deber;
Que en virtud de lo expresado en el párrafo anterior, se procedió a descontar en los haberes del mes de marzo, a los docentes adheridos a la medida de fuerza, por las jornadas no trabajadas hasta el día viernes 19 de marzo inclusive;
Que de los haberes del mes de abril se descontarán las jornadas no trabajadas entre el 20 y 31 de marzo;
Que asimismo es necesario garantizar el pago de los haberes a los demás empleados de la administración pública de manera regular;
Que se hace necesario establecer un nuevo cronograma de pago;
Que no obstante lo expresado en los párrafos precedentes, y en caso de levantamiento de la medida de fuerza del sector docente, antes del día 9 de abril, fecha en que deben ser remitidas las novedades al Subprograma Liquidación y Análisis de Haberes, el personal docente percibirá sus haberes con el resto de personal dependiente del Ministerio de Educación;
Por ello,


LA MINISTRA SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA PÚBLICA
RESUELVE


Art.1º.- Establecer que en la liquidación correspondiente al mes de abril se procederá al descuento de los días no trabajados por el sector docente adherido a la medida de fuerza entre el 20 y 31 de marzo.-

Art.2°.- Autorizar al Programa Capital Humano a efectuar los descuentos correspondientes en relación a la medida enunciada en el Art. 1° de la presente.

Art.3º.- Fijar un nuevo cronograma de pago a la Administración Pública Provincial.

El día 29 de abril percibirán sus haberes Personal de:

- Secretaría de Estado General, Legal y Técnica
- Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto
- Ministerio de Seguridad
- Ministerio de Hacienda Pública
- Ministerio de Inclusión y Desarrollo Humano
- Ministerio de Salud
- Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte
- Honorable Tribunal de Cuentas
- Fiscalía de Estado
- Poder Legislativo

El día 30 de abril percibirán sus haberes Personal de:
- Ministerio de Obra Pública e Infraestructura
- Ministerio de Educación (sólo personal del Escalafón General)
- Ministerio de Transporte, Industria y Comercio
- Ministerio de Medio Ambiente
- Ministerio del Progreso
- Ministerio del Campo

El miércoles 5 de mayo percibirán sus haberes:
Ministerio de Educación- Personal Docente.

Art.4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación y por su intermedio a los organismos que de el dependan y al Programa Capital Humano.-

Art.5º.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.-
LUCIA TERESA NIGRA

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