El máximo órgano de Gobierno universitario resolvió reconocer la condición de regularidad y/o promoción alcanzada por las y los estudiantes que cursaron, con carácter excepcional, el primer cuatrimestre 2020 sin cumplir con la correlatividad de asignatura/s aprobada/s que establece cada plan de estudio.
También autorizó con carácter de excepcionalidad, a las y los estudiantes a inscribirse y cursar las asignaturas del segundo cuatrimestre 2020, sin tener aprobadas las materias requeridas en el plan de estudio.
Por otra parte, reconocerá la condición de regularidad y/o promoción que alcancen las y los estudiantes, con carácter excepcional, en el segundo cuatrimestre 2020 sin cumplir con la correlatividad de asigatura/s aprobada/s establecida/s en cada plan de estudio.
Además estableció que cuando un/una estudiante quede comprendido/a en la excepcionalidad prevista en los párrafos anteriores, las Unidades Académicas deberán registrar en el sistema SIU GUARANÍ la condición de regularidad alcanzada. En caso de haber promocionado, esta condición será consignada en dicho sistema, una vez que se hayan cumplido los requisitos establecidos por el plan de estudios.
Asimismo recomendó a las Facultades de la UNSL a dictar reglamentaciones que complementen y/o puntualicen acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los párrafos precedentes.
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