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13.2.08

EFECTOS NOCIVOS DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY 555/07

Es la ley que fija las escalas salariales, que vulnera los derechos de aquellos docentes que más trabajan. Consideramos que dicha ley es inconstitucional, porque a igual trabajo debería corresponder igual remuneración. La siguiente lista muestra cuánto cobra por un cargo docente o con 15 horas con respecto a otro docente que tiene un segundo cargo o incrementa en 15 horas más.(La lista se refiere a sueldo de bolsillo e incluye básico, antigüedad y adicional remunerativo no bonificable). No incluye incentivo docente

Sin antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1040. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $0, no incrementa nada su salario por trabajar el doble.

Con un 10% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1085,73. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 45,73 más, es decir un 4% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 15% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1108,60. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 68,60 más, es decir un 6% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 30% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1177,20. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 137,20 más, es decir un 12% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 40% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1222,93. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 182,93 más, es decir un 15% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 50% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1268,67. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 228,67 más, es decir un 18% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 60% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1314,40. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 274,40 más, es decir un 21% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 70% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1360,13. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 320,13 más, es decir un 24% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 80% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1405,86. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 365,86 más, es decir un 26% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 100% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1497,33. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 457,33 más, es decir un 31% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 110% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1543,06. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 503,06 más, es decir un 33% de incremento en el salario por trabajar el doble.

Con un 120% de antigüedad, un cargo docente ó 15 horas cobra $1588,80. Si incrementa otro cargo ó 15 horas cobra $ 548,80 más, es decir un 35% de incremento en el salario por trabajar el doble.


De la observación de la lista, se deduce que un docente con dos cargos ó 30 horas apenas cobra un poquito más que el que tiene un solo cargo ó solo 15 horas.
Considerando que:
1º) Es justa la remuneración que reciben los agentes con un cargo o 15 horas, debido al costo de la canasta familiar.
2º) El bajo valor del segundo cargo o del que concursa más de 15 horas cátedra, genera una disconformidad en aquellos docentes que más trabajan.
3º) Atenta contra la carrera docente, ya que desalienta la acumulación de horas.
4º) En los recibos de aquel personal que tiene dos cargos, sólo interesa el total bruto y no los brutos parciales que son dibujados para que parezca que cobra mas o menos igual.
PRENSA A.S.D.E., 13 DE FEBRERO DE 2008

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